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viernes, 15 de mayo de 2015

Camara de Diputados aprueba ley contra el maltrato animal

El trato cruel y biocidio contra animales son los nuevos delitos que serán sancionados con cárcel a partir de la Ley para la Defensa de los Animales contra Actos de Crueldad y Maltrato, que fue aprobada anoche por la Cámara de Diputados.

Según el proyecto de ley, se dispone la inclusión en el Código Penal de artículos que castigan el trato inhumano a los animales “con la privación de libertad de seis meses a un año, multa de treinta a sesenta días y la prestación de trabajo de tres a seis meses”.

En tanto el biocidio (crimen contra la vida) “se sancionará con privación de libertad de dos a cinco años y multa de treinta a ciento ochenta días a quien matare con ensañamiento o con motivos fútiles a un animal”; este acápite se convertiría en el numeral 350 del Código Penal.

“En Bolivia se incluyen estos dos nuevos delitos penales; desde 2010 se ha trabajado una ley con varios proyectistas que hemos tomado y ahora tenemos un borrador final”, explicó el diputado Gustavo Serrano (UD). El legislador manifestó que el objetivo de la norma es prevenir y sancionar los actos de violencia animal. Es así que ésta ampara a todos los animales, excepto los silvestres.

Sesión. Más de cuatro horas de debate les tomó anoche a los diputados, tanto oficialistas como de la oposición, el consensuar este cuerpo legal. El texto también establece algunas obligaciones de las personas dueñas de algún animal, por ejemplo, “deberán velar por la alimentación y abrigo” necesario de sus mascotas, como también “evitar la cría de un número mayor de animales que el que pueda ser bien mantenido”.

A continuación también se fija las prohibiciones y una de ellas es el “uso de animales en prácticas de instrucción militar, policial u otras, en las que se provoque la muerte o sufrimiento del animal”.Otro artículo prohíbe “el sacrificio de animales en el que se provoque el sufrimiento innecesario y agonía prolongada”.

Sin embargo, una disposición final del texto dice que esta ley no se aplica “en los actos ejercidos en la medicina tradicional y ritos que se rigen conforme a su cultura y tradiciones de las naciones, pueblos indígenas”.

Al menos cuatro ministerios están obligados a implementar políticas que promuevan el cumplimiento de esta ley. En tanto, las alcaldías y gobernaciones están facultadas a emitir normas de acuerdo con las características de cada región. Las instituciones de defensa de los animales participarán como el control social. Ahora se aguarda la sanción de la nueva norma en el Senado.


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